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El Ararteko resuelve que los extranjeros pueden ejercer como chóferes de Tuvisa

lamarca afirma que las bases del concurso de 2004 eran "contrarias a la igualdad "

El Ayuntamiento vitoriano reconoce que aplicó por error la condición de funcionarios a los conductores de la sociedad

Varios autobuses de Tuvisa circulan por el centro de la capital alavesa.Foto: alex larretxi

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vitoria. La Oficina del Ararteko ha fallado a favor del sindicato ESK en el caso del concurso de 26 plazas de conductor de Tuvisa convocado en diciembre de 2004, cuyas bases impedían el acceso a la oposición a los ciudadanos extracomunitarios. Según Íñigo Lamarca, la sociedad pública se rige por el derecho privado, y por tanto está sujeta a la hora de incorporar nuevo personal a la Ley de Extranjería.

El texto legal establece que los ciudadanos extracomunitarios tienen derecho a tomar parte como personal laboral en las empresas públicas, algo que expresamente vetaban las bases reguladoras pactadas entre Tuvisa y los trabajadores en su requisito 2.1.A. "Tener la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea", reza el citado epígrafe. Por ello, las bases publicadas suponen "un acto susceptible de ser calificado de contrario a la igualdad".

La Oficina del Ararteko recibió a finales de 2007 la queja de ESK, e inmediatamente el Defensor del Pueblo Vasco pidió la colaboración del Ayuntamiento vitoriano, responsable en última instancia de Tuvisa. Con la habitual demora que rige las comunicaciones de las administraciones al Ararteko, el Ayuntamiento respondió alegando que las bases fueron negociadas con los trabajadores, que nadie las impugnó y que ninguno de los aspirantes fue excluido de la oposición, pues no había entre ellos ciudadanos extracomunitarios.

El Consistorio, por otro lado, reconoce que la inclusión de la base 2.1.A se debió a un error, al interpretar que el empleo en una empresa pública como Tuvisa debía estar sujeto al régimen de trabajo de la administración pública, reservada a nacionales. El Ayuntamiento solicitó informes jurídicos que confirmaron el error y la necesidad de corregir las bases en sucesivas convocatorias.

En su conclusiones, el Ararteko establece que la base objeto de protesta por parte de ESK "no respeta el mandato legal", aunque "la ausencia de efectos contrarios a derecho que la base hubiera podido provocar, unida a la voluntad manifestada por la entidad en el sentido de incorporar la correspondiente previsión en los procesos selectivos que, en lo sucesivo, convoque, hace innecesaria una revisión de las actuaciones"

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